Desde que la Corte Suprema de los Estados Unidos legalizó el aborto antes de los tres meses de embarazo, ha habido un movimiento para derogar esa decisión. Esto lleva a una reflexiones.
PRIMERO, siempre se ha comparado el aborto con el asesinato. ¿Quién en su sano juicio puede estar a favor de matar a voluntad, simplemente porque la persona sea libre de matar a conveniencia? De la misma manera, nadie en sus cabales puede favorecer el aborto a conveniencia, es decir, a capricho, o por egoísmo.
Con la misma vara que medimos moralmente el acto de matar, así también podemos medir el aborto.
Hay ocasiones en que se justifica matar “a conveniencia”, como en la guerra, o en circunstancias extenuantes, es decir, extraordinarias. Lo mismo podemos decir del aborto.
El hecho es que nadie en sus cabales puede favorecer el aborto, excepto como una medida extraordinaria en una situación extraordinaria.
LUEGO, una cosa es la moral humana y cristiana y por otro lado, lo que establecen las leyes del estado de derecho.
Una persona que mata sin querer, no es culpable ante la moral. Alguien que mata en defensa propia, tampoco es culpable. Una persona que mata en un arrebato de pasión justificada puede ser exonerada por la moral.
Pero las leyes del estado toman como delito cualquier acción de causarle la muerte a otro, aunque se clasifique el delito en diversos grados. Así, las leyes en Puerto Rico distinguen entre homicidio, homicidio voluntario / involuntario, asesinato en primer o segundo grado, etc.
El hecho de que el código penal tipifique lo que significa uno u otro acto de causarle la muerte a otro no significa que los autores del código o los jueces estén a favor de los asesinatos, homicidios, o como se les clasifique. El que los jueces de la Corte Suprema hayan entrado a definir de qué manera un aborto es permisible no implica que ellos estén a favor del aborto. Lo mismo podríamos decir de los legisladores o lo jueces si algún día entran en el tema de la eutanasia, la prostitución, el sida, las condiciones legítimas para contraer matrimonio, o la adicción a drogas. Una cosa es la moral; otra, la ley.
FINALMENTE, podemos reconocer que lo que le debe preocupar al legislador y al juez es el estado de ley y orden basado en unos principios de justicia. No necesariamente unas leyes basadas en la justicia van a estar en armonía con la moral. Ya hemos visto el caso del homicidio. Mientras una persona puede resultar inocente ante la moral (cometió homicidio, pero no asesinato) sin embargo puede ser culpable ante la ley. Esta es la razón por la que las leyes pueden cambiar, si se demuestra que hay otros modos más adecuados de tipificar unas acciones humanas.
¿Qué gana el estado o la sociedad con la legalización del aborto antes de los tres meses de gestación? ¿De qué manera puede estar eso en armonía con la moral?
Dejar que el aborto quede al margen de la ley es algo parecido al caso de la droga y la prostitución. La regulación de la prostitución en Holanda no sólo ha permitido lidiar con las enfermedades de transmisión sexual, sino también con el tráfico internacional de esclavas sexuales. De igual forma la regulación medical de la droga ha conseguido una reducción dramática en la criminalidad, además de la posibilidad de controlar la propagación de virus como la hepatitis y el sida.
Que el estado regule tales actividades humanas no implica que el estado esté a favor de la inmoralidad. Ello implica más bien el reconocimiento que dejar estas actividades “por la libre” lleva a unas consecuencias altamente indeseables. Esto es como decir que sin regulación del estado hay una mayor propagación de sida, sífilis, todo tipo de enfermedades venéreas, más la ruina innecesaria de muchas vidas a causa de la droga.
Con o sin leyes, las personas buscarán drogas, sexo, y abortos. Esto es una verdad. No es que la Corte Suprema “permitió” que hubieran abortos en Roe v Wade. Los abortos se estaban dando y se seguirán dando con o sin la aprobación de la Corte.
Que el aborto esté prohibido por ley no evitará que las mujeres busquen abortar por los medios más primitivos posibles, con resultados muy negativos: infecciones mortales, mutilación de los órganos, etc. Si horrible es la mutilación de un feto, terrible también es cuando ello se hace con un gancho de ropa, botellas de cuello roto, agujas de coser o de tejer con su conveniente forma de pequeños arpones, saleros, etc.
Antes de 1973 en las clínicas de Nueva York se veía todo tipo de casos de abortos truncados que terminaban en las salas de urgencias. Había mujeres que llegaban con el gancho de ropa todavía dentro, porque se había enganchado en la cerviz. Los médicos tenían que anestesiarlas para sacar el gancho, esperando que no hubiese perforado la pared del útero y penetrado en la cavidad abdominal, con el peligro de una septicemia. A veces, efectivamente, llegaban con el intestino saliendo por la vagina, en cuyo caso había que hacer una histerectomía y hasta la remoción de parte del intestino.
Roe v Wade no promovió el aborto, que ya se practicaba y se seguirá practicando. Solamente protegió el derecho de las mujeres a poder abortar bajo condiciones médicas adecuadas….
El punto de partida para esta reflexión fue el ensayo aparecido en el New York Times, el martes 3 de junio de 2008, “Repairing the Damage, Before Roe”: http://www.nytimes.com/2008/06/03/health/views/03essa.html?th&emc=th
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